miércoles, 5 de septiembre de 2018


El REGISTRO NACIONAL DE MASCOTAS O ANIMALES DE COMPAÑÍA 

Cumpliendo con la implementación de la Ley N° 21.020 sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, y el Decreto N° 1007/2018 que fija el reglamento que establece las formas u condiciones en que se aplicarán las normas sobre tenencia responsable, se ha iniciado el periodo oficial de Identificación y Registro de Animales de Compañía.
Plazo máximo para realizar el registro: 12 de febrero de 2019

¿CÓMO SE REALIZA LA INSCRIPCIÓN?

Las mascotas que pueden registrarse deben ser perros o gatos mayores de dos meses de edad. No pueden figurar como "responsables" de sus animales personas que hayan sido sancionados con la inhabilidad absoluta y perpetua para la tenencia.

1. Para realizar la inscripción primero se debe adquirir una Clave Única en el sistema habilitado por el Gobierno, en la oficina de Registro Civil e Identificación. Este sistema es el primer paso para acceder a cualquier beneficio estatal.


2. La plataforma está disponible en la web registratumascota.cl, donde solo el responsable de los animales podrá registrar los datos de sus mascotas. Para demostrar que se es dueño o poseedor de la mascota se debe acreditar mediante un documento oficial, que puede ser boleta de compra, certificado de trasferencia, certificado de adopción, certificado de pedigree, declaración jurada simple (se puede adquirir en el sitio web), donde se individualice al animal al menos con los siguientes datos: especie, sexo, raza, color, fecha de nacimiento o edad estimada, y cualquier otro dato que sirva para la identificación del animal.


3.Todos los animales deben poseer el microchip bajo la piel el cual debe cumplir con la norma ISO 11784, es decir tener un número único de 15 dígitos. Este aparato permite el registro de la mascota.

4. Los datos de la mascota deben ser validados por un médico veterinario, a través de un documento, donde el profesional incorpore su nombre, cédula de identidad y firma.
Los datos del animal que debe acreditar son:
- Nombre del animal
- Número de microchip
- Especie
- Sexo
- Raza
- Color
- Edad mediante su fecha de nacimiento real o estimada
- Estado reproductivo 

Puedes presentar distintos documentos que contengan la información solicitada, tales como: certificado de implantación de microchip, ficha del programa de esterilización municipal, certificado de vacuna antirrábica, carnet sanitario, certificado veterinario, certificado de pedigree u otro.
5. Posteriormente las municipalidades deberán velar por la información que ingrese a nivel local, validando la información subida a la plataforma.

6. Finalmente, una vez aprobado por la municipalidad, el dueño de las mascota podrá obtener e imprimir desde la plataforma la “licencia” con el respectivo código QR.


Cabe destacar que, de acuerdo con la nueva ley, el registro es obligatorio para todas las personas que sean dueñas o poseedoras de perros y gatos. Asimismo, las mascotas deben tener implantado un microchip de identificación, que es permanente y tiene un código único de 15 dígitos. Este dispositivo es una cápsula pequeña, del tamaño de un grano de arroz, que es depositada debajo de la piel por un Médico Veterinario y dura más de 20 años.

Se trata de un importante avance en materia de tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, ya que esta herramienta aumenta las probabilidades de encontrar a un animal en caso de pérdida y permitirá la ubicación de las personas responsables de un perro o gato.

Entonces, se hace un llamado a la ciudadanía para que conozca más detalles sobre este Registro en la página "www.tenenciaresponsablemascotas.cl", de modo que se informen de cómo se debe proceder para cumplir con la ley e inscribir a todos los animales que tengan bajo su responsabilidad.


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