Registro Nacional de Mascotas
Cumpliendo
con la implementación de la Ley N°
21.020 sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, la
Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE) el 1 de marzo inició
la "marcha blanca" del Registro Nacional de Mascotas o Animales de Compañía, uno
de los seis registros que esta normativa establece. El programa definitivo comenzará a regir 90 después de dictados los reglamentos (del Ministerio del Interior y Seguridad Publica y Ministerio de Salud).
¿CÓMO
SE REALIZA LA INSCRIPCIÓN?
Las
mascotas que pueden registrarse deben ser perros o gatos mayores de dos
meses de edad. No pueden figurar como "responsables" de
sus animales personas que hayan sido sancionados con la inhabilidad absoluta y
perpetua para la tenencia.
Para
realizar la inscripción primero se debe adquirir una Clave
Única en el sistema habilitado por el Gobierno.
Este sistema es el primer paso para acceder a cualquier beneficio
estatal.
La plataforma está disponible en la web registratumascota.cl, donde solo el responsable de los animales podrá registrar
los datos de sus mascotas. Para demostrar que se es dueño o poseedor de la
mascota se debe acreditar mediante un documento oficial, que puede ser boleta
de compra, certificado de trasferencia, certificado de adopción, certificado de
pedigree, declaración jurada simple (se puede adquirir en el sitio web),
donde se individualice al animal al menos con los siguientes datos: especie,
sexo, raza, color, fecha de nacimiento o edad estimada, y cualquier otro dato que sirva
para la identificación del animal.
Todos
los animales deben poseer el microchip bajo la piel el cual debe cumplir con la
norma ISO 11784, es decir tener un número único de 15
dígitos. Este aparato permite el registro de la mascota.
Los datos de la
mascota deben ser validados por un médico veterinario, a través de un documento, donde el
profesional incorpore su nombre, cédula de identidad y firma.
Los datos del
animal que debe acreditar son:
- Nombre del animal
- Número de microchip
- Especie
- Sexo
- Raza
- Color
- Edad mediante su fecha de nacimiento real o
estimada
- Estado reproductivo
Puedes presentar
distintos documentos que contengan la información solicitada, tales como: certificado
de implantación de microchip, ficha del programa de esterilización municipal, certificado
de vacuna antirrábica, carnet sanitario, certificado veterinario, certificado
de pedigree u otro. Las municipalidades deberán velar por la información que ingrese a nivel local, validando la información subida a la plataforma
Cabe destacar que, de acuerdo con la nueva ley, el
registro es obligatorio para todas las personas que sean dueñas o poseedoras de
perros y gatos. Asimismo, las mascotas deben tener implantado un microchip de
identificación, que es permanente y tiene un código único de 15 dígitos. Este
dispositivo es una cápsula pequeña, del tamaño de un grano de arroz, que es
depositada debajo de la piel por un Médico Veterinario y dura más de 20 años.
Se trata de un importante avance en materia
de tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, ya que esta
herramienta aumenta las probabilidades de encontrar a un animal en caso de
pérdida y permitirá la ubicación de las personas responsables de un perro o
gato.
Entonces, se hace un llamado a la ciudadanía
para que conozca más detalles sobre este Registro en la página
"www.tenenciaresponsablemascotas.cl", de modo que se informen de cómo
se debe proceder para cumplir con la ley e inscribir a todos los animales que
tengan bajo su responsabilidad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario